[octc-svn] SF.net SVN: octc:[28] trunk/lg
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From: <ba...@us...> - 2010-02-13 13:27:40
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Revision: 28 http://octc.svn.sourceforge.net/octc/?rev=28&view=rev Author: bansp Date: 2010-02-13 13:27:33 +0000 (Sat, 13 Feb 2010) Log Message: ----------- Spanish, 1st commit Added Paths: ----------- trunk/lg/spa/ trunk/lg/spa/UDHR/ trunk/lg/spa/UDHR/catalog.xml trunk/lg/spa/UDHR/header.xml trunk/lg/spa/UDHR/text.xml trunk/lg/spa/catalog.xml Added: trunk/lg/spa/UDHR/catalog.xml =================================================================== --- trunk/lg/spa/UDHR/catalog.xml (rev 0) +++ trunk/lg/spa/UDHR/catalog.xml 2010-02-13 13:27:33 UTC (rev 28) @@ -0,0 +1,6 @@ +<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> +<!DOCTYPE catalog PUBLIC "-//OASIS//DTD XML Catalogs V1.1//EN" "http://www.oasis-open.org/committees/entity/release/1.1/catalog.dtd"> +<catalog xmlns="urn:oasis:names:tc:entity:xmlns:xml:catalog" prefer="system"> + <nextCatalog catalog="../catalog.xml"/> +</catalog> + Added: trunk/lg/spa/UDHR/header.xml =================================================================== --- trunk/lg/spa/UDHR/header.xml (rev 0) +++ trunk/lg/spa/UDHR/header.xml 2010-02-13 13:27:33 UTC (rev 28) @@ -0,0 +1,42 @@ +<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> + +<teiHeader xmlns="http://www.tei-c.org/ns/1.0" xmlns:nkjp="http://www.nkjp.pl/ns/1.0" xml:lang="en"> + + <!-- TODO: describe the reason and the method of transduction in the local header(s) --> + + <fileDesc> + <titleStmt> + <title>TEI-P5-encoded version of <q>Universal Declaration of Human Rights</q> - Spanish version</title> + </titleStmt> + + <publicationStmt> + <availability status="free"> + <p>Source: Public Domain; as marked-up part of the OCTC: LGPLv3; see the main corpus header</p> + </availability> + </publicationStmt> + + <sourceDesc> + <p>Converted into TEI P5 XML from the materials of the United Nations Department of Public + Information, NY, made available by the <ref target="http://www.ohchr.org/EN/UDHR/">Office of the + United Nations High Commissioner for Human Rights (OHCHR)</ref>. Version posted on <date + when="2008-06-17">June 17, 2008</date>.</p> + </sourceDesc> + </fileDesc> + + <profileDesc> + <textClass> + <catRef scheme="#OCTC-licenses" target="#lic_PD"/> + <catRef scheme="#OCTC-source" target="#by_third"/> + <catRef scheme="#OCTC-text_types" target="#ttyp_legal-official #ttyp_net_non-interactive"/> + </textClass> + </profileDesc> + + <revisionDesc xml:id="changelog-local"> + <change who="#bansp" when="2010-02-13"> + <ptr target="text.xml"/> + <list> + <item>Conversion into TEI from the OHCHR website. Minimal normalization (closing tags).</item> + </list> + </change> + </revisionDesc> +</teiHeader> Added: trunk/lg/spa/UDHR/text.xml =================================================================== --- trunk/lg/spa/UDHR/text.xml (rev 0) +++ trunk/lg/spa/UDHR/text.xml 2010-02-13 13:27:33 UTC (rev 28) @@ -0,0 +1,194 @@ +<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> +<?oasis-xml-catalog catalog="catalog.xml"?> +<?oxygen RNGSchema="OCTC_text-strict.rnc" type="compact"?> +<teiCorpus xmlns:xi="http://www.w3.org/2001/XInclude" xmlns="http://www.tei-c.org/ns/1.0"> + <xi:include href="OCTC_header.xml"/> + <TEI> + <xi:include href="header.xml"/> + <text xml:lang="es"> + <body xml:id="txt_body"> + <head type="title">Declaración Universal de Derechos Humanos</head> + <p n="intro">Adoptada y proclamada por la Asamblea General en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948</p> + <div> + <head type="section">Preámbulo</head> + <ab type="clause">Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,</ab> + <ab type="clause">Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias,</ab> + <ab type="clause">Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión,</ab> + <ab type="clause">Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones,</ab> + <ab type="clause">Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad,</ab> + <ab type="clause">Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y</ab> + <ab type="clause">Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso,</ab> + <ab type="phr">La Asamblea General</ab> + <ab type="clause">Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.</ab> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 1</head> + <p>Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 2</head> + <p>Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.</p> + <p>Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 3</head> + <p>Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 4</head> + <p>Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 5</head> + <p>Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 6</head> + <p>Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 7</head> + <p>Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 8</head> + <p>Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 9</head> + <p>Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 10</head> + <p>Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 11</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.</item> + <item>Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 12</head> + <p>Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 13</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.</item> + <item>Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso el propio, y a regresar a su país.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 14</head> + <list type="ordered"> + <item>En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.</item> + <item>Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 15</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.</item> + <item>A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 16</head> + <list type="ordered"> + <item>Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.</item> + <item>Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.</item> + <item>La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 17</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.</item> + <item>Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 18</head> + <p>Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 19</head> + <p>Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 20</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.</item> + <item>Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 21</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.</item> + <item>Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.</item> + <item>La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 22</head> + <p>Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 23</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.</item> + <item>Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.</item> + <item>Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.</item> + <item>Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 24</head> + <p>Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 25</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.</item> + <item>La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 26</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.</item> + <item>La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.</item> + <item>Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 27</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.</item> + <item>Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 28</head> + + <p>Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.</p> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 29</head> + <list type="ordered"> + <item>Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.</item> + <item>En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.</item> + <item>Estos derechos y libertades no podrán en ningún caso ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.</item> + </list> + </div> + <div> + <head type="section">Artículo 30</head> + <p>Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.</p> + </div> + </body> + </text> + </TEI> +</teiCorpus> Added: trunk/lg/spa/catalog.xml =================================================================== --- trunk/lg/spa/catalog.xml (rev 0) +++ trunk/lg/spa/catalog.xml 2010-02-13 13:27:33 UTC (rev 28) @@ -0,0 +1,6 @@ +<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?> +<!DOCTYPE catalog PUBLIC "-//OASIS//DTD XML Catalogs V1.1//EN" "http://www.oasis-open.org/committees/entity/release/1.1/catalog.dtd"> +<catalog xmlns="urn:oasis:names:tc:entity:xmlns:xml:catalog" prefer="system"> + <nextCatalog catalog="../catalog.xml"/> +</catalog> + This was sent by the SourceForge.net collaborative development platform, the world's largest Open Source development site. |